Por Amr Ahmed Ibrahim para The Tahrir Institute for Middle East Policy
La detención arbitraria renovada — o ‘rotación’ de la detención — es el acto de volver a detener a aquellos a quienes ya se les otorgó la libertad después de la culminación de sus sentencias, un veredicto de absolución, u otros. Las autoridades egipcias comenzaron esta práctica de forma limitada entre 2016 y 2018 antes de utilizarla gradualmente a mayor escala en 2018 hasta alcanzar su punto máximo en 2020. La ‘rotación’ sigue en curso a pesar de los repetidos llamamientos de las organizaciones de derechos humanos para liberar a los acusados que no están involucrados en actos de violencia, especialmente bajo la propagación del Covid-19.
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Cabe señalar que esta práctica no puede separarse de otra serie estructurada de prácticas y violaciones cometidas por las autoridades de seguridad, que tienen como objetivo la detención de los opositores al régimen y les infligen represalias por motivos de seguridad desde el 3 de julio de 2013. Esta práctica busca la detención de opositores por tiempo indefinido sin apego a las decisiones judiciales — una extensión de las prácticas con el mismo propósito de antes de la Revolución del 25 de enero, pero ahora a través de nuevos mecanismos. La ‘rotación’ se introdujo específicamente y se aplicó de manera extendida recientemente para eludir los límites legales de la prisión preventiva, que, según la ley, no puede exceder los dos años. En la práctica los detenidos son liberados antes del límite de dos años, solo para renovar su detención en función de nuevos casos. Esto hace a su detención correcta en términos de procedimiento, a pesar de la ilegalidad y la falta de pruebas utilizadas. En algunos casos, los detenidos son acusados en nuevos casos antes de ser liberados de los primeros para garantizar la continuación de su custodia y prisión preventiva para el segundo caso, incluso si son liberados para el primero.
En otros casos, la ‘rotación’ es utilizada con el fin de mantener la detención de activistas, juristas y otros, quienes, para las autoridades de seguridad, no deberían ser liberados a pesar de ya haber sido absueltos o haber cumplido sus condenas. Estas nuevas prácticas representan una violación más de la restricción de la libertad de los ciudadanos sin base legal.
Previo al 2011 se invocó la Ley de Emergencia N° 162 de 1958. El artículo 3 (b) bis de esta ley establece que “los tribunales inferiores de emergencia de seguridad del Estado, en base a la solicitud del Ministerio Público Fiscal, podrán detener a cualquier persona sobre la que existan indicios de reprsentar un peligro para la seguridad pública por un período de un mes sujeto a renovación”. Este artículo se aplicó frecuentemente, porque las autoridades de seguridad no llevaban adelante investigaciones durante el período de un mes prescrito por la ley; por lo tanto, presentaban cargos y renovaban la detención sin sustento legal por hasta años en algunos casos.
Según una de las víctimas, los detenidos son trasladados mensualmente desde su prisión a la sede de la Agencia de Seguridad Nacional en la Plaza Lazoghly por un máximo de una semana hasta que se emite una decisión para renovar su detención por otro mes. Este proceso se llevó a cabo de manera sistemática, principalmente contra aquellos afiliados a organizaciones islamistas, la Hermandad Musulmana y otras categorías de opositores, como los afiliados a los Socialistas Revolucionarios. Tras la destitución del ex Presidente Mohamed Morsi de su cargo el 3 de julio de 2013, las fuerzas de seguridad atacaron a los afiliados a las corrientes islámicas en general y a los Hermanos Musulmanes en particular. Esto se suma a una serie de casos de detención de afiliados a otras corrientes, que comenzó a expandirse gradualmente desde 2017, específicamente tras las protestas contra el Acuerdo de Demarcación Marítima entre Egipto y Arabia Saudí.
Para garantizar la continuidad de la detención de afiliados a corrientes islámicas y otros opositores políticos por tiempo indefinido, las fuerzas de seguridad seguían los siguientes patrones procesales:
- La formación de circuitos terroristas especiales, cuyos juicios se caracterizaron por varias enormes violaciones y ejecuciones masivas.
- La comparecencia de civiles ante los tribunales militares, que se caracterizan por sus duras sentencias y niegan a los detenidos ser juzgados por un juez civil competente
- La inclusión del nombre de la persona en muchos casos, hasta cinco o más, de modo que si enfrenta penas de prisión limitadas de uno a tres años en cada caso, el tiempo total de detención sigue siendo prolongado.
- La extensión del período de detención en muchos juicios, por lo que que incluso si el acusado es absuelto en todos ellos, ya pasó un largo período en prisión, lo que es una pena en sí misma.
- Recurrir a la prisión preventiva prolongada, en algunos casos, puede extenderse a más de cinco años
Muchas víctimas de estas prácticas también sufrieron la inclusión de sus nombres en nuevos casos y no fueron puestas en libertad después de cumplir sus condenas, sin que la autoridad competente resolviera su liberación.
La expansión en el uso de la ‘rotación’ como medio para suprimir la oposición comenzó en 2018. Según el Centro de Transparencia para el Archivo, la Gestión de Datos y la Investigación, durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2018 y el 15 de marzo de 2021, 941 casos de rotación se utilizaron en 774 víctimas, teniendo en cuenta que estos son solo los casos monitoreados, y que el número de casos reales es mucho mayor. Entre estas víctimas se encuentran:
- 660 víctimas que fueron objeto de esta práctica al menos una vez
- 77 víctimas que fueron objeto de esta práctica al menos dos veces
- 26 víctimas que fueron objeto de esta práctica al menos tres veces
- 9 víctimas que fueron objeto de esta práctica al menos cuatro veces
- 2 víctimas que fueron objeto de esta práctica al menos cinco veces
- Una víctima que fue objeto de esta práctica al menos siete veces
Las estadísticas anteriores muestran la gran cantidad de víctimas que sufrieron esta práctica. Además, señalan cómo se realiza muchas veces contra la misma víctima y no solo una vez.
Los siguientes cuadros muestran la distribución temporal y el aumento gradual del número de casos según el trimestre y los órganos de investigación ante los que fue interpuesta la víctima:
Cuadro 1: Número de casos de detención por rotación hasta el primer cuatrimestre de 2021 en función del órgano acusatorio interviniente. [Producción propia/The Tahrir Institute for Middle East Policy]
Cuadro 2: Número de casos de detención por rotación hasta el primer cuatrimestre de 2021 distribuidos cuatrimestralmente. [Producción propia/The Tahrir Institute for Middle East Policy]
De los dos cuadros anteriores resulta que tanto la Fiscalía de Seguridad del Estado como el Ministerio Público Fiscal participan casi por igual en la práctica de esta vulneración.
Además, también es evidente el ritmo acelerado en la expansión de la realización de esta práctica, parece claro que el aumento gradual se inicia a partir del primer trimestre de 2018, por las razones explicadas anteriormente.
En este sentido, llama la atención que existe una clara relación inversa entre la reducción de la remisión de los casos a los tribunales competentes para su consideración y la mayor aplicación de la prisión preventiva como instrumento clave en la represión y restricción de la libertad de los ciudadanos, de acuerdo a los datos del mismo centro.
En términos generales, los principales patrones de realización de esta práctica se pueden resumir en los siguientes:
- Casos en los que la víctima obtiene una sentencia absolutoria y luego es acusada en un nuevo caso: 577 casos
- Casos en los que la víctima cumple su condena y luego es imputada en un nuevo caso: 112 casos
- Casos en los que la víctima obtiene una sentencia absolutoria y luego es acusada en un nuevo caso: 216 casos
- Casos en los que se agregan nuevos casos a la víctima durante su detención en relación con el caso principal, ya sea con las mismas acusaciones o con otras nuevos en el mismo contexto de las acusaciones por las que se encuentra detenida: 23 casos
- Casos en los que la víctima es excluida del caso y luego no liberada sino acusada en un nuevo caso: 4 casos
- Casos en que la víctima obtiene sentencia absolutoria, pero no se ejecuta. En cambio, se recicla en relación con el mismo caso: 2 casos
- Casos en los que la víctima es indultada por el gobernador militar y luego reciclada en relación con un nuevo caso: 2 casos
Por ejemplo, entre la causa N° 1338 de 2019 y la causa N° 1413 de 2019 de la Corte Suprema de Seguridad del Estado — relacionadas con los hechos del 20 de septiembre de 2019 — al menos 144 imputados fueron rotados en nuevas causas tras su liberación. Esto se suma a la acusación de 14 personas en los mismos dos casos después de su liberación de casos anteriores sin la remisión de ninguno de ellos a la corte. En la mayoría de los casos, las víctimas permanecen bajo desaparición forzada por varios períodos que van desde días hasta meses, antes de ser llevadas nuevamente ante una entidad investigadora.
Entre los casos más destacados monitoreados de esta práctica se encuentran los de dos jóvenes Belal Hany Kamal Helal y Khaled Youssry Zaky Mohamed, que tenían 19 años cuando fueron detenidos el 9 de enero de 2015 por presunta pertenencia a un grupo terrorista. Fueron absueltos, solo para permanecer bajo desaparición forzada y ser rotados a nuevos casos, siendo imputados en septiembre de 2016. La Fiscalía ordenó su absolución, y en octubre del mismo año fueron rotados nuevamente. El mismo proceso se repitió en marzo de 2017, agosto de 2017 y por quinta vez en enero de 2018 después de que fueran llevados ante la fiscalía y Khaled Youssry obtuviera un veredicto de absolución. Sin embargo, permaneció un tiempo bajo desaparición forzada y fue imputado en una causa relacionada con los hechos de las manifestaciones del 20 de septiembre de 2019, aunque había estado detenido durante estos eventos. En 2020 se emitió un veredicto de su absolución, y luego fue detenido por un nuevo caso en noviembre del mismo año.
De acuerdo con estos patrones, es obvio que independientemente de las instancias que dicten sentencias absolutorias, incluso por indulto de un gobernador militar, la decisión al final está sujeta a una instancia anónima no judicial que determina quién permanece detenido y quién es liberado, eludiendo todo el marco judicial.
Las autoridades de seguridad cómplices de esta práctica siguieron dos patrones principales para legalizarlos procesalmente, los cuales son:
- Primero la persona es escondida por un período después de haber sido liberada de un caso anterior. Luego se prepara una nueva acta de detención posfechada, como si ya hubiera sido liberado y vuelto a arrestar.
- En segundo lugar, se acusa a la persona de celebrar reuniones con otros detenidos en prisión o durante las audiencias de detención con el fin de cometer un crimen de terrorismo.
Es evidente que estas violaciones se cometen de forma sistemática y con coordinación y total complicidad entre los servicios de seguridad representados en el Ministerio del Interior y la Agencia Nacional de Seguridad en particular, y las autoridades judiciales representadas tanto en la Fiscalía de la Seguridad del Estado como en el Ministerio Público Fiscal. En lugar de encargarse de la salvaguardia de los derechos de los ciudadanos y su protección contra cualquier opresión que sufran, la autoridad acusadora representada en la Fiscalía Egipcia se convirtió en la que los oprime, restringe su libertad y viola la ley de manera sistemática.
Además de ser arbitraria, ilegal e inconstitucional, la ‘rotación’ tortura psicológicamente a los detenidos. A lo largo de los años de detención, pueden obtener un veredicto de absolución en cada audiencia. Sin embargo, no son liberados sino re incluidos en nuevos casos, lo que les hace perder la esperanza en la libertad. En consecuencia, piensan que están detenidos para siempre aunque pueden quedar libres en cualquier momento.
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Amr Ahmed Ibrahim es activista de derechos humanos y fundador del Centro Shafafya para la Investigación, el Archivo y la Gestión de Datos.
N.d.T.: El artículo original fue publicado por The Tahrir Institute for Middle East Policy el 31 de enero de 2022.